La revista jurídica electrónica Legal Today, del grupo Aranzadi, publica hoy un artículo del abogado de Foro Legal Antonio Valmaña sobre la prescripción de las acciones contra los administradores de las sociedades mercantiles. Según expone el artículo, la doctrina ha llegado finalmente a un consenso en cuanto al plazo durante el que pueden interponerse las acciones, que es el de cuatro años que señala el artículo 949 del Código de Comercio. Sin embargo, no hay tal consenso a la hora de determinar cuándo debe empezar a computarse ese plazo: mientras una parte de la doctrina se decanta por contarlo desde el cese como administrador (que es lo que literalmente dice el citado precepto), otra parte se inclina por la llamada actio nata, es decir, por contarlo desde el momento en que se produjo la actuación concreta que justifique la reclamación.
El artículo señala que está imponiéndose la opción de computar el plazo desde el cese en el cargo, si bien no hay unanimidad al respecto y, por tanto, existe cierta parcela de inseguridad jurídica, por lo que "sería deseable que el legislador convirtiera en norma escrita aquello que sólo puede ser hoy interpretación doctrinal. Para ello, bien podría aprovechar ese futuro Código de las Sociedades Mercantiles que, según se manifestaba en la Exposición de Motivos de la LSC, se está gestando para el futuro. Un Código en el que cabría incorporar una norma específica que aclarase cuál debe ser el plazo de prescripción y, especialmente, cuándo debe empezar su cómputo."
Puede acceder al artículo a través del siguiente enlace: http://www.legaltoday.com/practica-juridica/mercantil/societario/la-prescripcion-de-las-acciones-de-responsabilidad-contra-los-administradores
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