martes, 6 de abril de 2010

El aumento de tipos del IVA sólo deja a salvo los productos básicos

El tipo superreducido de IVA del 4%, que se aplica a los productos de primera necesidad, será el único que no se verá afectado por la reforma de los tipos, aprobada por el Congreso de los Diputados el pasado 9 de marzo de 2010, que entrará en vigor el próximo 1 de julio y supondrá una subida de los otros dos tipos impositivos, que son el general y el reducido.
De este modo, los productos básicos como el pan, la leche, los huevos, las frutas y verduras, los medicamentos, los libros, los periódicos o las viviendas de protección oficial seguirán gravándose con el mismo tipo impositivo con que lo hacen en este momento a pesar de la reforma.
El tipo general, en cambio, subirá dos puntos, pasando del actual 16% al 18%. Este tipo es el que grava la mayoría de bienes y servicios, por lo que los efectos de la subida serán notables sobre la ropa, los vehículos o los servicios profesionales gravados.
El tipo reducido del 7% que se aplica a productos tales como el agua embotellada, las gafas o las viviendas de nueva construcción, así como a servicios como el transporte de viajeros, la restauración o los servicios funerarios también subirá, pasando a ser del 8% a partir de julio.

Bajada en las reparaciones

Curiosamente, mientras los tipos suben, el IVA a aplicar a las reparaciones a efectuar en viviendas (obras de fontanería, electricidad, pintura o albañilería) baja. El motivo es que pasará a regirse por el tipo reducido, que será el 8%
Para acogerse a este tipo reducido, los requisitos que deberán cumplirse en las obras serán tres: que el inmueble se destine a vivienda de personas físicas, que tenga una antigüedad de al menos dos años y que el promotor no aporte los materiales o su coste no pase del 20% del total.

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