jueves, 11 de marzo de 2010

Constitución de sociedades mercantiles en sólo dos días, con la nueva Ley de Economía Sostenible



Aunque sigue todavía en fase de tramitación parlamentaria, la Ley de Economía Sostenible (LES) ha mostrado ya algunas de sus cartas y, en el ámbito de las sociedades mercantiles, presenta tres grandes novedades: la agilización de los trámites para su constitución, la no sujeción al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD) y la eliminación de la obligación de publicación de acuerdos sociales en diarios.

Agilidad de constitución

La nueva LES permitirá hasta tres vías para la constitución de sociedades mercantiles de forma más ágil y con menos costes económicos, dependiendo del tipo social elegido y del capital social previsto.
Así, mediante la primera vía, las sociedades limitadas con un capital social de hasta 3.100 € se constituirán en el plazo máximo de dos días hábiles: el Notario otorgará la escritura de constitución el mismo día en que reciba la certificación negativa de denominación social y el Registrador califica e inscribe la escritura el día en que la recibe.
La segunda vía, para sociedades limitadas con un capital superior a 3.100 €, permitirá constituirlas en el plazo de seis días, principalmente porque se concede un mayor plazo de calificación al Registro.
Finalmente, la tercera vía, que servirá para las sociedades limitadas con un capital social superior a 30.000 €, cuya administración se encomiende a un consejo o que revista cualquier otra forma (anónima, comanditaria, etc.), tiene un plazo de constitución de unos quince días.

Menos costes económicos

La otra gran baza de la LES, en el ámbito societario, es la reducción de costes. Esta reducción puede verse en tres ámbitos. El primero de ellos, en el momento ya referido de la constitución. En las dos primeras de las vías descritas, la constitución está exenta de tasas de publicación en el BORME y los gastos de Notario y Registrador subirán, en total, 100 € en la primera vía y 250 € en la segunda. En la tercera, los costes totales ascenderán a unos 525 €.
La segunda manera de reducir costes es la introducción de nuevos supuestos de operación no sujeta al ITPAJD: se trata de la constitución y de los acuerdos de ampliación de capital, siempre que se trate de sociedades limitadas cuyo capital social no exceda de 30.000 € y cuyo órgano de administración no revista forma de consejo.
La tercera forma de reducir costes, que no ha estado exenta de polémica en el sector de la prensa, es la eliminación de la obligatoriedad de publicar determinados acuerdos sociales (convocatoria de junta, cambio de denominación, disolución, etc.) en diarios, permitiendo en su lugar que la sociedad publique esos acuerdos en su propia página web. De este modo, se avanza un poco más en la línea que se había abierto ya mediante la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de sociedades, que flexibilizaba ya las obligaciones de publicación en prensa escrita.
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