miércoles, 28 de septiembre de 2011

Se redistribuirán las competencias penales entre jueces y fiscales


El procedimiento penal está en vías de una importante reforma, en el marco de la cual ya se dispone de un Anteproyecto de Ley para una sustancial modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), que data de 1882, y otro para una nueva Ley Orgánica de Desarrollo de los Derechos Fundamentales.
La modificación más importante del actual proceso penal tiene que ver con la nueva distribución de funciones y competencias entre jueces y fiscales. En particular, la fase de instrucción dejará de desarrollarla el juez para dejarla en manos del fiscal, que será quien llevará a cabo por tanto todas las diligencias de investigación de los eventuales delitos. Sin embargo, contará en esta tarea con la supervisión de un juez ajeno a las labores de investigación y que, por tanto, se sitúa en una posición más imparcial para garantizar mejor los derechos de los “investigados” (nuevo término que sustituye al de “imputados”), en aspectos tales como la adopción de medidas cautelares o la resolución de impugnaciones contra los actos del fiscal.
La regulación de las escuchas telefónicas, la toma de muestras biológicas de los detenidos, la limitación de la fase de instrucción a un tiempo máximo de un año o la prohibición de divulgar el nombre y la imagen de los investigados son algunas otras de las novedades que se plantean en el marco de la reforma, que seguirá su tramitación parlamentaria en medio de un intenso debate con las asociaciones de jueces.

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