La parte del salario que no puede ser embargada en los procedimientos de ejecución se eleva en un 50%, más otro 30% adicional por cada miembro de la familia que no perciba ingresos. Por lo tanto, la parte inembargable del salario (hasta ahora los 641 € del salario mínimo interprofesional) se eleva hasta un mínimo de 961 €, más la parte que corresponda por los familiares que el ejecutado tenga a su cargo.
El Congreso de los Diputados así lo aprobó el pasado 30 de junio, en el marco del debate de política general. El gobierno deberá ahora dictar un Decreto Ley que permita aplicar la medida con carácter inmediato, una vez se publique en el Boletín Oficial del Estado.
viernes, 22 de julio de 2011
Se eleva la parte no embargable de los salarios en ejecución hipotecaria
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