viernes, 30 de abril de 2010

La nueva regulación de cuentas y auditoría se retrasa en España


El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE) ha fallado contra España, en una Sentencia de 25 de febrero de 2010, por no haber aprobado la nueva legislación en materia de auditoría de cuentas dentro del plazo que tenía para ello.
Dicho plazo expiraba inicialmente el 29 de junio de 2008 y, a pesar de que la Comisión Europea concedió un nuevo plazo que acababa en enero de 2009, la nueva regulación no ha sido todavía adoptada, puesto que sigue aún con su tramitación parlamentaria.
La actual regulación española sobre cuentas anuales, cuentas consolidadas y auditoría no cumple con los criterios de la Directiva 2006/43/CE, que es-tablece medidas para garantizar la máxima independencia de los auditores y fija un control público previo.
El TJCE no ha considerado válidas las alegaciones planteadas por España, por considerar que no concurrían causas suficientes para el incumplimiento en el momento en que éste se produjo: “la existencia de un incumplimiento debe ser determinada en función de la situación del Estado miembro tal como ésta se presentaba al final del plazo fijado”.
Asimismo, entiende el Tribunal que los obstáculos de la legislación estatal no son tampoco motivo de exoneración: “un Estado miembro no puede alegar disposiciones, prácticas ni circunstancias de su ordenamiento jurídico interno para justificar el incumplimiento de las obligaciones y plazos establecidos por una Directiva”.
España no es el único estado que ha incumplido los plazos de adaptación de su Derecho a la Directiva. El TJCE dictó Sentencia también contra Austria, en la misma fecha, por este mismo motivo.


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