martes, 12 de julio de 2011

El Constitucional deja sin efecto el veto a la Ley de Consultas

El Tribunal Constitucional acordó, el pasado 17 de junio, levantar la suspensión de la Ley de Consultas Populares en Cataluña, al entender que no existe riesgo de perjuicios y que la referida norma mantiene la plena capacidad del gobierno central para autorizar o denegar, en última instancia, la celebración de consultas.
Según la referida Ley, se pueden convocar consultas populares o referéndums a instancias del gobierno de la Generalitat, de dos grupos del Parlament, de una quinta parte de sus diputados o del 10% de los municipios catalanes, siempre y cuando éstos reúnan una población de al menos 500.000 habitantes. Para la efectiva realización de las consultas es necesario obtener, previamente, la autorización del gobierno central.

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