
El
Tribunal Supremo ha rechazado la
suspensión cautelar de la obligación de eliminar el límite a los
derechos de voto en sociedades cotizadas, según lo establecido por la
Ley de Auditoría tras su última reforma. De este modo, el Supremo rechaza las
medidas cautelares solicitadas por IBERDROLA para evitar, mientras se resolvía el recurso presentado en contra de esta normativa (recurso que seguirá su curso), que la nueva regulación permitiera a ACS controlar de la compañía.
Encontrará más información sobre las cláusulas antiblindaje en el artículo
“Supresión del límite de derechos de voto en las sociedades cotizadas”, en la página 8 de nuestra Newsletter de julio de 2010 (
http://www.forolegal-abogados.com/newsletters/newsletter-julio2010.pdf).
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