martes, 31 de agosto de 2010

Las empresas transitarias aduaneras, avaladas por el Tribunal Supremo

Las empresas transitarias, que son aquéllas que operan en representaciónde terceros a la hora de efectuar declaraciones aduaneras, podrán seguir realizando su actividad.
A pesar de que el Real Decreto 335/2010, de 19 de marzo, eliminaba la posibilidad de realizar esas declaraciones indirectas –que han venido haciéndose durante los últimos diez años-, el Tribunal Supremo ha validado la posición de los transitarios.
En su Auto 278/2010, de 14 de julio, considera que la medida supondrían importantes perjuicios a los operadores económicos, por lo que ha dejado en suspenso el referido Real Decreto de forma cautelar, hasta que se decida definitivamente mediante Sentencia.

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