Las empresas transitarias, que son aquéllas que operan en representaciónde terceros a la hora de efectuar declaraciones aduaneras, podrán seguir realizando su actividad.
A pesar de que el Real Decreto 335/2010, de 19 de marzo, eliminaba la posibilidad de realizar esas declaraciones indirectas –que han venido haciéndose durante los últimos diez años-, el Tribunal Supremo ha validado la posición de los transitarios.
En su Auto 278/2010, de 14 de julio, considera que la medida supondrían importantes perjuicios a los operadores económicos, por lo que ha dejado en suspenso el referido Real Decreto de forma cautelar, hasta que se decida definitivamente mediante Sentencia.
martes, 31 de agosto de 2010
Las empresas transitarias aduaneras, avaladas por el Tribunal Supremo
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