viernes, 9 de julio de 2010

Los cónyuges podrán elegir la ley aplicable al divorcio en la Unión Europea

El Parlamento Europeo dio su visto bueno, el pasado 16 de junio, al acuerdo alcanzado entre catorce estados miembros para permitir que las parejas mixtas –es decir, las formadas por ciudadanos de países distintos– puedan elegir cuál debe ser la ley aplicable a su proceso de divorcio. Junto a España, los demás países promotores del acuerdo son Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Eslovenia, Francia, Hungría, Italia, Letonia, Luxemburgo, Malta, Portugal y Rumanía.
La iniciativa no es nueva y, de hecho, la Comisión Europea presentó ya el 17 de julio de 2006 una propuesta de nuevo Reglamento sobre esta cuestión, para modificar el actual Reglamento 2201/2003 sobre competencia judicial en materia matrimonial.
Dicha propuesta contempla la posibilidad de que la pareja elija libremente cuál será la ley que deberá regir el procedimiento, dando así un mayor campo a la autonomía de la libertad de las partes. Además, se persigue también dar cabida a la regulación de nuevas situaciones, como los matrimonios entre personas del mismo sexo o la de aquellas personas que residan en estados que no reconozcan el divorcio como institución jurídica válida.
Sólo cuando resulte imposible la elección de ley aplicable y tribunal competente por parte de los cónyuges, se recurrirá a un conjunto de criterios establecidos por el acuerdo entre los estados antes señalados o, cuando esté aprobado, el nuevo Reglamento (que se conocerá como Roma III): la residencia habitual, la nacionalidad común y, en última instancia, la Lex Fori, es decir, la ley del estado en el que vaya a llevarse a cabo el procedimiento. De este modo, se tratará de evitar la inseguridad jurídica que, como admite la propia Comisión, existe en este momento, por la falta de disposiciones comunitarias.

Descárguese este artículo, en formato pdf, con nuestra Newsletter de julio de 2010: http://www.forolegal-abogados.com/cuestiones-juridicas-interes.php

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